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Aunque su esposo le maltrate, Ud podría recibir la residencia permanente legal sin tener que contar con la ayuda de él.
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¿Se me puede otorgar una orden de restricción aún sin ser de este país? |
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| Si. No necesita ser ciudadana o residente legal permanente para que se le otorgue una orden de restricción. Se le aconseja que busque un abogado para pedir una orden de restricción, pero no es necesario. Usualmente las aplicaciones están disponibles en los palacios de justicia, albergues, oficinas de servicios legales, y algunas estaciones policiales. Generalmente, cuando una mujer maltratada pide una orden de restricción, la custodia de los niños o el divorcio; las cortes civiles no le hacen preguntas sobre su estado migratorio. Pídale ayuda legal a un abogado sobre asuntos migratorios. Como por ejemplo hay abogados que proporcionan servicios legales gratis para individuos de bajos ingresos, o grupos que ofrecen asistencia legal gratis en su comunidad y conocen sobre como funciona la corte en su comunidad. |
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¿Cómo puedo adquirir mi residencia permanente sin la ayuda de mi cónyuge? |
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El Acta de Violencia Contra las Mujeres (VAWA) ofrece dos formas para que las mujeres casadas con ciudadanos o residentes permanentes obtengan su residencia. La primera forma se llama “solicitud por uno mismo”. En lugar de depender de su esposo usted puede aplicar para su residencia con el Servicio de Inmigración y Naturalización (INS). Usted puede aplicar para usted y para sus niños. Su marido no juega ningún papel en el proceso y no tiene que saber que usted está pidiendo la residencia. Como las leyes cambian y son muy complicadas es mejor que no vaya al Servicio de Inmigración y Naturalización sin antes consultar con un abogado, un trabajador social en el albergue o alguna otra Agencia o Fundación que preste ayuda a los inmigrantes.
El segundo método para obtener residencia se llama “detención de deportación”. Puede aplicar por medio de este método solamente si usted está en proceso de deportación. Si usted califica por medio de este método la corte le puede cancelar el proceso de deportación y otorgarle la residencia. Para poder aplicar para la residencia por medio de este método, usted tiene que estar en proceso de deportación. Siempre asegúrese de consultar con un abogado antes de aplicar para su residencia. Esté segura de consultar con un abogado de inmigración antes de comenzar el proceso.
Si cree que no califica bajo VAWA, no se desespere. Puede haber otras maneras por las que usted puede obtener estatus migratorio, como una nueva Visa que el Congreso ha creado para víctimas de crimen. Lo mejor que se puede hacer es conversar acerca de su situación con un defensor de inmigración o violencia doméstica (NO llame al INS Servicio de Inmigración y Naturalización). |
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Mi esposo amenaza con quitarme a los niños si me voy de la casa ¿Qué debo hacer? |
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Si su marido/compañero íntimo amenaza con llevarse a los niños a su país natal, usted debe:
- Inmediatamente pedir la custodia de ellos. La orden puede prohibirle a su marido/compañero íntimo que saque a los niños del país.
- Si los niños son ciudadanos, envíe una copia de la orden a la embajada del país de su marido/compañero íntimo y una copia al Departamento del Estado para prevenir la emisión de pasaportes y visas para los niños.
- También, de una copia de la orden de restricción a las escuelas donde van sus niños y pídale a la escuela que solamente se los entreguen a usted o a alguna persona designada por usted.
- Asegúrese de tener fotos recientes de sus niños, los pasaportes y los certificados de nacimiento. Guarde una lista de direcciones y números de teléfonos de los familiares y amigos de su esposo/compañero íntimo que residen en su país natal.
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¿Cómo puedo mantenerme yo y mantener a mis niños si me decido a dejar a mi marido? |
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La Ley requiere que el padre de sus niños le pase ayuda financiera, aun cuando viva de forma separada, aunque usted nunca se haya casado con él y sin importar su estado migratorio. Solicite la ayuda de un abogado que sepa sobre la ley de familia o un asistente de prevención de violencia doméstica para enterarse sobre cómo obtener ayuda financiera en su estado para su niño. Algunas mujeres casadas también tienen derecho de recibir dinero de su cónyuge.
Los residentes legales permanentes pueden hacer uso de su “tarjeta verde” o tarjetas de residentes para demostrar que califican para trabajar. Refugiados y otros inmigrantes deben de llenar una aplicación para pedir la autorización de trabajo. Es muy importante que no use papeles falsos para trabajar y que no busque como obtener la ciudadanía de los Estados Unidos por medios que van contra la Ley. |
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Soy residente legal permanente, ¿Califico para ayuda pública y Medicaid? |
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Algunos residentes legales permanentes son elegibles para obtener Estampillas de Comida. La elegibilidad para Medicaid, Ayuda Temporal para Familias Necesitadas, y Asistencia General para los residentes legales permanentes varía de Estado a Estado. Favor consulte un abogado de inmigración o intercesor en programas de violencia doméstica en su área.
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¿Soy refugiada legal califico para recibir ayuda pública y Medicaid? |
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En los primeros cinco años después de que llegan a los Estado Unidos, los refugiados son elegibles para pedir Estampillas de Comida, Ayuda Temporal para Familias Necesitadas, Medicaid y otros programas de beneficio público, así como lo son los ciudadanos. La mayoría de los refugiados que han estado en los Estados Unidos por cinco años o más ya no podrán solicitar para pedir Estampillas de Comida. La elegibilidad para poder recibir Medicaid, Ayuda Temporal para Familias Necesitadas, y ayuda general para los Refugiados que han estado en el país cinco años o más, varía de Estado a Estado. Favor de consultar con un Abogado de Inmigración o al Programa de Violencia Doméstica en su área. |
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Estoy indocumentada, ¿soy elegible para recibir ayuda pública y Medicaid? |
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Si usted es una mujer indocumentada que ha sido maltratada por su esposo/compañero íntimo, usted puede aplicar para la residencia legal permanente por si sola bajo el Acta de Violencia en Contra de las Mujeres (VAWA). Si usted aplica bajo esta Ley recibirá los mismos beneficios que recibe un residente legal permanente. (Favor de leer la pregunta anterior a ésta). |
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¿Mis niños ciudadanos califican para recibir beneficios públicos y Medicaid? |
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Si. Aunque usted está indocumentada, sus niños ciudadanos tienen derecho a recibir beneficio público de igual manera que tiene derecho a recibirlos otros niños ciudadanos. Sin embargo si usted está indocumentada, no revele su estado migratorio cuando aplique para pedir los beneficios en nombre de sus niños, aún cuando se lo pregunten. El Departamento de Servicios Sociales no necesita saber cual es su estado migratorio para poder darle beneficio público a sus niños ciudadanos. |
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¿Corro el riesgo de que me deporten si pido ayuda pública? |
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Si es Ciudadana, residente Legal Permanente o posee una Visa válida, no se le puede deportar a menos de que haya entrado a los Estados Unidos con documentación fraudulenta, que haya violado las condiciones de su visa, o que haya cometido ciertos crímenes.
Si está indocumentada o no está segura sobre cual es su estado migratorio, debe de buscar la ayuda de un abogado para ver si puede legalizarse. Mientras tanto debe hacer lo necesario para mantenerse segura. Aún si su marido/compañero íntimo la reporta al Servicio de Inmigración y Naturalización, no la deportarían de inmediato y, en la mayoría de los casos, usted tendría la oportunidad de presentarle su caso a un juez. |
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¿Si busco ayuda, mi marido/compañero íntimo corre el riesgo de que lo deporten? |
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Es sumamente improbable que cuando uno pide ayuda a un albergue o a un abogado, esto resulte en la Deportación de su esposo/compañero íntimo.
Si llama a la policía y su esposo/compañero íntimo es declarado culpable por haber cometido algún crimen, sea o no deportado, depende de su estado migratorio y de la gravedad del crimen.
Es importante recordar que debe mantenerse, Usted y sus niños seguros. Los actos que su esposo/ compañero íntimo ha cometido es lo que lo ha puesto en riesgo de deportación. |
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¿Necesito ver a un abogado que sepa sobre leyes de inmigración aún cuando yo no pueda pagarle a uno? |
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No vaya al Servicio de Inmigración y Naturalización (INS) sin un abogado o sin antes consultar con uno. Su conversación con el abogado será confidencial y él no puede informarle de su estatus migratorio al Servicio de Inmigración y Naturalización (INS). Si no puede pagarle a un abogado, llame a la oficina más cercana que ofrezca servicios legales a bajo costo o llame a una de las organizaciones que ofrecen servicios de inmigración.
Se ha adaptado esta información de la publicación “You have the right to be free from violence in your home: Questions and answers from Immigrant and Refugee Women”. |
Producido por:
Family Violence Prevention Fund,
383 Rhode Island Street, Suite 304, San Francisco, CA 94103
Referencias:
Florida Immigration Advocacy Center: 305.573.1106
Safespace Hotline: 1.800.500.l119
Policía/ Emergencia: 911
Línea Nacional de Violencia Doméstica: 1.800.799.7233 |
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